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PERMITIDA LA APERTURA DE LOS INTERIORES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN

Según la Orden Foral 16/2021, de 14 de mayo, de la consejera de Salud, por la que se modifica la Orden Foral 13/2021, de 9 de mayo, de la consejera de Salud, publicada en el Boletín Oficial de Navarra, número 113, de 14 de mayo, se han incluido las siguientes novedades:

  • Se permite el consumo en el interior de los establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes con un aforo del 30% del máximo autorizado.
  • El consumo será siempre sentado en mesa. Las barras podrán ser utilizadas por los clientes para pedir y recoger su consumición.
  • La distancia entre las mesas será de 2 metros, medidos de los extremos de las mismas.
  • Las mesas o grupos de mesas no podrán superar las cuatro personas. Excepcionalmente, se podrá aumentar a un máximo de seis cuando las dimensiones de las mesas o grupos de mesas permitan garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 70 cm entre las personas.
  • En las puertas principales de los establecimientos deberá figurar, tanto en el interior como en el exterior, carteles de tamaño al menos, DIN A3, en los que deberá reflejarse el máximo aforo del local y el aforo permitido.
  • Contar con carteles visibles donde se indiquen las medidas generales a cumplir por los clientes para evitar la transmisión del virus (distancia, higiene de manos y mascarilla).
  • El uso de mascarilla será obligatorio en todo momento salvo en el momento puntual de la consumición. Se extremará el control del uso adecuado de la mascarilla por parte de los clientes.
  • Se recomienda que los establecimientos dispongan de ventilación natural, siempre que sea posible, o mecánica forzada sin recirculación del aire. Se recomienda, asimismo, ventilar al máximo posible y medir la calidad del aire, para lo que se podrán utilizar medidores de C02. En caso de que la concentración de CO2 supere las 800 partes por millón, se recomienda incrementar la ventilación o disminuir el aforo hasta que se sitúe por debajo de ese indicador.
  • El horario máximo de cierre de interiores de hostelería serán las 22 horas.