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PRORROGADAS HASTA EL 8 DE MAYO LAS MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA NAVARRA

El pasado 20 de abril se publicó el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2021, por el que se prorrogan hasta el 8 de mayo las medidas que ya estaban vigentes, adoptadas en el Decreto Foral de la presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2021, de 23 de marzo.

Aquí se puede consultar el detalle de estas medidas extraordinarias: Preguntas y respuestas sobre las nuevas medidas extraordinarias para Navarra

  • Se continúa con el toque de queda entre las 23:00 y las 6:00 horas, salvo excepciones previstas.
  • Queda restringida la libre salida y entrada de personas de Navarra, salvo excepciones previstas.
  • Reuniones en espacios de uso privado: sólo la unidad convivencial.
  • Reuniones en espacios de uso público abiertos: limitadas a un máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes.
  • Reuniones en espacios de uso público cerrados: limitadas a un máximo de cuatro personas, salvo que se trate de convivientes.
  • Se encuentran confinados los siguientes municipios:
    • Arbizu, del 15 al 29 de abril, ambos incluidos.
    • Etxarri Aranatz, del 15 al 29 de abril, ambos incluidos.
    • Lodosa, del 15 al 29 de abril, ambos incluidos.
    • Villafrancia, del 15 al 29 de abril, ambos incluidos.
  • Los interiores de los establecimientos de hostelería y restauración se encuentran cerrados.
  • Las celebraciones que pudieran tener lugar tras bodas, bautizos, comuniones y otras celebraciones sociales en el exterior de establecimientos de hostelería o restauración respetarán las medidas de distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros, no superando en ningún caso las 20 personas. No estará permitida la utilización de pistas de baile o espacio habilitado para su uso.
  • En hipermercados, medias y grandes superficies, centros, parques comerciales o que formen parte de ellos no se podrá superar el 30% de aforo máximo permitido en cada uno de los locales comerciales situados en ellos.
  • Permanecerán cerrados los bingos, salones de juego, apuestas y recreativos.
  • En los establecimientos de espacios multifuncionales para eventos, se permitirá su actividad excepto para aquéllas que supongan celebraciones familiares, sociales, de amigos o de ocio, con consumo de comida y/o bebida, en el interior de los establecimientos, que estarán prohibidas. Las celebraciones en los exteriores no superarán, en ningún caso, las 20 personas.
  • Se recomienda a los clientes no fumar al existir riesgo de que el fumador aumente la emisión de aerosoles, quedando prohibido fumar, vapear o usar dispositivos susceptibles de liberar nicotina en las terrazas, en el caso de que no se pueda garantizar la distancia de seguridad de 2 metros, de todas las personas que se encuentren en la terraza.