Desde el viernes 21 de mayo y hasta el 3 de junio estarán vigentes las nuevas medidas para luchar contra el COVID en Navarra, aprobadas por el Auto nº65/2021 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y la Orden Foral 17/2021, de 18 de mayo, de la consejera de Salud.
Las principales novedades incluidas en estas nuevas medidas son:
- En cuanto a las reuniones en espacios de uso público y privado, se recomienda que sean de ocho personas y tres unidades convivenciales, como máximo.
- Las sociedades gastronómicas y peñas podrán permanecer abiertas desde el 21 de mayo siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
- El aforo en el interior será del 30% del máximo autorizado.
- El consumo será siempre sentado en mesa.
- La distancia entre las mesas será de 2 metros, medidos de los extremos de las mismas.
- Las mesas o grupos de mesas no podrán superar las cuatro personas. Excepcionalmente, se podrá aumentar a un máximo de seis cuando las dimensiones de las mesas o grupos de mesas permitan garantizar la distancia interpersonal de seguridad de 70 cm.
- Presencia de carteles informativos.
- El uso de la mascarilla será obligatorio en todo momento, salvo en el momento puntual de la consumición. Se extremará el control del uso adecuado de la mascarilla.
- Se recomienda que los locales dispongan de ventilación natural, siempre que sea posible, o mecánica forzada sin recirculación de aire. Se recomienda, asimismo, ventilar al máximo posible y medir la calidad del aire, para lo que se podrán utilizar medidores de CO2. Si la concentración de CO2 supera las 800 ppm, se recomienda incrementar la ventilación o disminuir el aforo.
- Se pondrán geles hidroalcohólicos o desinfectantes.
- Contar con un sistema de control de aforo del número de personas que accedan al local. No se puede superar el 30% del aforo del mismo.
- Antes de su apertura, deberán enviar al Departamento de Salud declaración responsable o copia del acta en la que se recoja el acuerdo de compromiso de cumplimiento de la normativa sanitaria vigente. Dicha documentación deberán remitirla al correo electrónico direcciongeneralsalud@navarra.es
- Ceremonia: las celebraciones en lugares de culto no podrán superas las 200 personas. Se deberá respetar la distancia de seguridad interpersonal.
- Entierros y velatorios: no podrá superar las 75 personas en espacios abiertos y 15 en espacios cerrados.
- Lugares de culto: no se podrá superar las 200 personas y las salidas y entradas deberán ser escalonadas para evitar aglomeraciones.
- Establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades y servicios profesionales abiertos al público:
- No podrán superar el 60% de su aforo máximo permitido.
- El horario máximo de cierre serán las 22:00 horas.
- Establecimientos que tengan la condición de hipermercados, medias y grandes superficies, centros, parques comerciales o que formen parte de ellos:
- No podrán superar el 40% del aforo máximo permitido en cada uno de los locales comerciales situados en ellos.
- El horario máximo de cierre será las 22:00 horas.
- Establecimientos de espacios multifuncionales para eventos:
- Se permite también la apertura del interior para celebraciones familiares, sociales, de amigos o de ocio si se cumplen determinadas condiciones.