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EL AYUNTAMIENTO RECUERDA LAS OBLIGACIONES DE LOS DUEÑOS DE LOS PERROS

Habiéndose observado que algunos propietarios no respetan lo dispuesto en la normativa municipal, y ante el aumento de las quejas de los vecinos, que observan dichas conductas con mucho desagrado, se solicita la colaboración de todos para tratar de lograr que todos los propietarios de los perros respeten dicha normativa.

A tenor de la Ordenanza Municipal reguladora de la tenencia de animales domésticos y animales peligrosos (BON Nº 92 de 30 de julio de 2020) y con la finalidad de que los propietarios de los animales puedan seguir disfrutando de su compañía, evitando cierta animadversión por las conductas descritas, se promulga el presente Bando, de acuerdo con las normas vigentes en materia de tenencia de animales domésticos contemplados en la citada Ordenanza. Por ello, se recuerda que:

  • En cualquier zona del término municipal está prohibida la circulación de perros sin collar o carentes de chapa de identidad y vacunación del año en curso. De igual modo, se prohíbe la circulación de perros sueltos en el casco urbano de Tiebas-Muruarte de Reta. En estas zonas, los perros deberán circular obligatoriamente sujetos a una persona responsable mediante correa resistente o cadena de longitud máxima de 1,50 metros.
  • Los perros que circulen sin los requisitos referidos en los párrafos anteriores, para las distintas zonas del término municipal, serán considerados un peligro para la salud pública, procediéndose por el Servicio de Veterinarios del Gobierno foral a su cogida y retención.
  • Queda prohibido el depósito de excrementos de perros en aceras, calzadas, parterres, zonas verdes y demás elementos de la vía pública o privada de uso público destinados al paso o juego de los ciudadanos, debiendo el poseedor del animal y, especialmente, el poseedor del perro, recoger los excrementos que deposite en las zonas indicadas.

Sin perjuicio de lo expresado anteriormente, se recuerda igualmente a los vecinos que constituyen infracciones leves, pudiendo ser sancionadas con multas de 150 a 300 eros, llevar los perros en espacios públicos urbanos sin ser conducidos mediante correa o cadena, ensuciar y no limpiar las deyecciones de los animales de compañía de los espacios públicos, así como no llegar bozal aquellos perros que, con anterioridad, hayan causado agresiones.

Por la presente, se hace público para general conocimiento que, de reiterarse el incumplimiento de la normativa municipal sobre tenencia de perros, se trasladará la ordenanza municipal a la Policía Foral para que proceda a la inspección de las posibles conductas infractoras que acaezcan en el municipio.