Ante la difusión en las últimas semanas de determinadas informaciones y afirmaciones relativas a la actuación del Ayuntamiento, y ante el riesgo de que la repetición de mensajes incompletos o inexactos genere confusión entre vecinos y vecinas, el AYUNTAMIENTO INFORMA:
El Ayuntamiento respeta plenamente la autonomía y las competencias del Concejo, así como el derecho de cualquier vecino o vecina a formular críticas y plantear sus reivindicaciones. Precisamente por ello, considera imprescindible que el debate público se base en información completa, documentación y hechos contrastables, y no en atribuir al Ayuntamiento decisiones, impedimentos o responsabilidades que no le corresponden.
1. Aparcamiento, maniobras de los autobuses y ocupación de la vía pública
Se ha difundido que el Ayuntamiento conoce el problema de los vehículos estacionados en una determinada zona y que no adopta medidas para solucionarlo.
El Ayuntamiento sí tiene conocimiento de esta cuestión. En noviembre de 2025, una vecina presentó una instancia solicitando la instalación de señalización y el pintado de una línea amarilla para evitar estacionamientos que pudieran dificultar las maniobras de los autobuses, incluidos los autobuses escolares.
El Ayuntamiento respondió a dicha solicitud explicando que la regulación del tráfico y del estacionamiento debe realizarse mediante la correspondiente ordenanza municipal y comunicando que estas cuestiones se han incorporado al Plan Normativo 2026, dentro de la futura Ordenanza de Regulación del Tráfico y la Movilidad, información que esta vecina no creyó necesario compartir.
Por tanto, no es cierto que el Ayuntamiento haya ignorado el problema o que no haya hecho
nada al respecto.
Además, este Ayuntamiento quiere dejar constancia de que no ha recibido ninguna queja de la empresa NBUS por este motivo ni por ningún otro relacionado con esta cuestión.
A todo ello se añade una circunstancia que consideramos necesario poner en conocimiento de los vecinos y vecinas: la grúa utilizada actualmente en las obras que el Concejo está realizando en el edificio concejil ha ocupado la vía pública en la zona de paso de los autobuses, sin que conste la correspondiente licencia de ocupación de la vía pública.
Esta circunstancia resulta especialmente relevante cuando se pretende atribuir exclusivamente al Ayuntamiento la responsabilidad por las dificultades de circulación o maniobra de los autobuses.
El Ayuntamiento debe velar por que cualquier ocupación de la vía pública se realice con la correspondiente autorización y garantizando, en todo caso, las condiciones de seguridad y circulación necesarias.
Asimismo, la zona concreta donde se producen determinados estacionamientos pertenece a la parcela catastral del edificio del Concejo de Tiebas. Por ello, cualquier actuación que corresponda dentro de las competencias del Concejo deberá ser valorada y, en su caso, adoptada por el propio Concejo.
El Ayuntamiento seguirá trabajando, dentro de sus competencias, para mejorar la movilidad y la seguridad vial en el municipio.
Las responsabilidades no pueden atribuirse de manera selectiva: quien reclama el cumplimiento de las normas debe ser también el primero en cumplirlas.
2. Ampliación del gimnasio del Concejo
También se ha difundido que el Ayuntamiento estaría poniendo trabas a la ampliación del gimnasio del Concejo.
Esta afirmación no se corresponde con la realidad.
La documentación municipal constata que la licencia de actividad del edificio no contempla la actividad de gimnasio. Por este motivo, antes de proceder a una ampliación y, para garantizar la seguridad de los usuarios, resulta necesario regularizar la situación de la Ayuntamiento de la
actividad y tramitar la correspondiente licencia de actividad, de acuerdo con la normativa aplicable.
El Ayuntamiento no puede conceder una licencia al margen de los requisitos legales ni establecer para el Concejo unas condiciones distintas de las que se exigen a cualquier otro titular de una actividad.
Por tanto, no se trata de poner trabas, sino de cumplir la legalidad vigente.
3. Instalación de cámaras de videovigilancia
También se ha afirmado que el Ayuntamiento “no deja al Concejo poner cámaras”.
Tampoco esta afirmación refleja correctamente la situación del expediente.
El Concejo presentó una solicitud para formalizar un convenio de colaboración destinado a la instalación y utilización de un sistema de videovigilancia.
El Ayuntamiento ha indicado los trámites que deben cumplirse antes de poder formalizar dicho convenio: memoria justificativa por parte del Concejo, elaboración del convenio, informes preceptivos de Secretaría e Intervención, aprobación por el Pleno municipal, firma y posterior notificación.
Por tanto, el Ayuntamiento no ha prohibido la instalación de cámaras. Se ha limitado a exigir que el procedimiento se tramite correctamente y que se justifique la necesidad, finalidad, ubicación y proporcionalidad del sistema.
Además, el Ayuntamiento ha considerado conveniente, y así se lo ha hecho saber al Concejo, que, antes de adoptar una decisión definitiva, el Concejo valore la participación o consulta vecinal, dada la incidencia que un sistema de videovigilancia puede tener sobre la vida cotidiana de las personas residentes.
Especialmente relevante es que el Ayuntamiento ha solicitado aclaraciones sobre unas imágenes que, presuntamente, habrían sido obtenidas el 14 de febrero de 2026 por una cámara de titularidad del Concejo orientada hacia la vía pública y en las que aparecen personas identificables. Se ha requerido al Concejo información sobre el origen de las Ayuntamiento de las imágenes, la ubicación y base jurídica de la cámara, su finalidad, las personas con acceso a las grabaciones y las circunstancias de su difusión.
La protección de la privacidad y el cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos no son trabas administrativas: son obligaciones legales.
4. Obras y licencias
Otro aspecto que consideramos necesario aclarar es el relativo a las licencias y declaraciones responsables para la ejecución de obras.
Ayuntamiento, Concejos y particulares están sujetos al cumplimiento de la normativa urbanística.
El Ayuntamiento ha tenido que abrir un expediente de disciplina urbanística en relación con las últimas obras realizadas por el Concejo en las piscinas, al haberse constatado que no se había solicitado la correspondiente autorización.
Asimismo, se encuentra pendiente de informe favorable de los servicios urbanísticos para la autorización de las obras de climatización del edificio del Concejo.
El Ayuntamiento debe actuar de la misma manera ante cualquier incumplimiento, independientemente de quién sea el titular de la actuación.
Cumplir la legalidad no puede presentarse como una persecución o como una actuación contra el Concejo. Es una obligación de todas las administraciones y de todos los vecinos y vecinas.
También se ha difundido que el Ayuntamiento estaría poniendo trabas a las actuaciones que realiza el Concejo en su edificio.
El Ayuntamiento quiere dejar claro que no existe ningún trato diferente respecto de cualquier otro propietario, entidad o vecino del municipio: las obras deben disponer de las autorizaciones correspondientes y ejecutarse cumpliendo las condiciones exigibles en materia urbanística y de seguridad, tanto de las propias obras como de los usuarios.
En relación con las obras que se están realizando actualmente en el edificio concejil, se ha abierto el correspondiente expediente de disciplina urbanística al haberse constatado la ejecución de actuaciones sin que conste la preceptiva licencia o autorización municipal.
Asimismo, el Ayuntamiento ha requerido la documentación necesaria para comprobar la situación de las obras y garantizar que su ejecución se ajusta a la normativa.
Pero no se trata únicamente de una cuestión administrativa.
Al Ayuntamiento le preocupa especialmente la seguridad de las personas y la correcta ejecución de las obras. Por ello, en requerimiento previo efectuado al Concejo se recordó expresamente lo establecido en el artículo 79 de la Ordenanza General de Edificación, que dispone:
“Por encima de los planos de la cubierta no se admitirán otras construcciones que las buhardas, los lucernarios, las chimeneas, las antenas y las instalaciones de captación de energía solar situadas en planos paralelos a los del faldón en el que se sustentan”.
Esta cuestión resulta especialmente relevante a la vista de las actuaciones que se están realizando en la cubierta del edificio, cuya adecuación a la normativa debe ser comprobada dentro del correspondiente expediente.
Durante la mañana de ayer lunes, un flexómetro utilizado por los trabajadores que están trabajando en las obras ha caído al parque infantil situado bajo la zona de actuación.
Afortunadamente, no ha habido que lamentar daños personales ni materiales.
Lo ocurrido demuestra que estas preocupaciones no son teóricas ni fruto de un exceso de celo administrativo.
El Ayuntamiento considera necesario poner este hecho en conocimiento de los vecinos y vecinas porque un objeto que cae desde una cubierta sobre un espacio destinado al uso de niños y niñas podría haber tenido consecuencias muy graves.
Precisamente para evitar situaciones de este tipo existen las obligaciones de seguridad, las autorizaciones administrativas y los controles que deben acompañar a la ejecución de determinadas obras.
Por ello, el Ayuntamiento está comprobando que las actuaciones cuentan con toda la documentación exigible en materia de seguridad y salud, así como que se están adoptando las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los trabajadores y de terceras personas.
Exigir una licencia, comprobar un proyecto, requerir documentación de seguridad o impedir que una obra se ejecute sin las debidas garantías no es poner trabas al Concejo. Es cumplir con la responsabilidad que corresponde al Ayuntamiento.
Lo sucedido ayer debería servir para entender que las normas de seguridad no están para dificultar las obras, sino para prevenir accidentes y proteger a las personas.
Y en este caso, afortunadamente, podemos decir que no ha pasado nada. Pero que no haya habido daños no significa que el riesgo no haya existido.
La legalidad urbanística y la seguridad de las obras no son cuestiones políticas. Son obligaciones. Y deben cumplirse por todos.
Exigir una licencia, comprobar el cumplimiento de la normativa urbanística o garantizar la seguridad de una obra no es poner trabas al Concejo. Es exactamente lo que el Ayuntamiento tiene la obligación de hacer.
5. El Ayuntamiento informa con hechos y documentación
El Ayuntamiento considera especialmente importante realizar estas aclaraciones porque determinadas informaciones, cuando se difunden sin explicar los antecedentes los procedimientos administrativos o las competencias de cada institución, pueden generar una imagen distorsionada de la actuación municipal.
No corresponde al Ayuntamiento entrar en polémicas ni valorar las motivaciones que puedan existir detrás de determinadas afirmaciones. Corresponde al Ayuntamiento informar con transparencia, aportar los datos y explicar qué se ha hecho, qué está en tramitación y qué corresponde a cada administración.
En este sentido, el Ayuntamiento seguirá actuando con arreglo a la legalidad, defendiendo el interés general y ejerciendo sus competencias con independencia, transparencia y responsabilidad.
Y, por supuesto, cualquier vecino o vecina que quiera conocer con mayor detalle cualquiera de estas cuestiones puede solicitar una reunión con el equipo de gobierno del Ayuntamiento, que estará a disposición de la ciudadanía para explicar la documentación y resolver las dudas que puedan existir.
La mejor manera de combatir la desinformación es poner los hechos encima de la mesa.